lunes, 24 de febrero de 2014

Tema 2

LA EDUCACION EN DEMOCRACIA. 1975-ACTUALIDAD.
CONSTITUCION DE ´78: amplio consenso. Libertades y derechos fundamentales.


  • Principios: libertad, igualdad, justicia (equidad) y pluralismo político. De los derechos fundamentales y libertades públicas: artículo 27. Protección especial. Redacción muy cuidada. 
  • Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  • Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  • La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  • Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
  • Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
  • Los profesores, los padres y en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
  • Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
  • Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
  •   Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

OTROS ARTICULOS RELACIONADOS CON EDUCACION.
§      20.1 c) Libertad de cátedra.
§   10. Utilización de textos internacionales para interpretación de la Constitución (por ejemplo: Derechos humanos). Libertad de dirección.
§ Tratados internacionales: derechos humanos, derechos civiles y políticos, derechos económicos, sociales y culturales.
COSAS QUE PUEDEN SER DERECHO A LA EDUCACION.
  • ·         Obligatoriedad.
  • ·         Gratuidad.
  • ·         Creación de centros para garantizar el número de plazas.
  • ·         Participación en el sistema educativo.
  • ·         Objetivo de la educación.
  • ·         Igualdad de oportunidades (igualdad en el acceso, evaluación objetiva e inspección).
  • ·         Programación general – Educación con un mínimo de calidad.
  • ·         Educación sin discriminación.
  • ·         Participación en la enseñanza.

LIBERTAD DE ENSEÑANZA: creación y dirección de centros: ideario y nombramiento de director. Libertad cátedra. Autonomía de la universidad. Libertad de elección (del tipo de educación, del centro: debemos poder elegir centros con distintos idearios). Ausencia de monopolio en la titularidad. Diversidad. El Estado no debe controlar toda la enseñanza. Ausencia de monopolio en la doctrina. No todos los centros comparten un único ideario. Definición de carácter propio: también puede ser pedagógico. Centros estatales neutrales ideológicamente.
LEYES ORGANICAS EN DEMOCRACIA.

  • ·         Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares (LOECE,  1980, UCD).
  • ·         Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE, 1985, PSOE).
  • ·         Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de España (LOGSE, 1990, PSOE).
  • ·         Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (LOPEG, 1995, PSOE).
  • ·         Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002, PP).
  • ·         Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006, PSOE).

LOECE, 1980, UCD. Principios fundamentales:
  • §  Libertad de la elección de centros.
  • §  Libertad de elección de enseñanza filosófica o moral.
  • §  Libertad de dirección y gestión de centros. Ideario.
  • §  Libertad de enseñanza (respetando ideario).
  • §  Cierta autonomía curricular: optatividad.
  • §  Participación en centros públicos: órganos unipersonales y colegiados. Consejo de dirección contiene representación del consejo escolar. Pocas funciones – poca participación.
  • Características significativas:
  • §  Criterios de admisión (hermanos, proximidad…).
  • §  Centros públicos o privados. Subvencionados son privados.
  • §  Cheques escolares.
  • Poca vigencia: 5 años se aprueba la LODE. Educación básica: EGB (LGE).

LODE, 1985, PSOE. Principios fundamentales:
  • §  Garantizar derecho a la educación.
  • §  Enseñanza básica, obligatoria y gratuita. Sin discriminación.
  • §  Desarrollo de la personalidad del alumno.
  • §  Respeto, tolerancia y libertad (principios democráticos de convivencia).
  • §  Adquisición de conocimientos, hábitos y técnicas.
  • §  Democratización: participación a través de Consejos Escolares. Control y gestión de los centros.

Características significativas:
§  Conciertos escolares. Centros  concertados se deben parecer más a los públicos. Requisitos:
v  Enseñanza gratuita (en las etapas concertadas).
v  Organizaciones sin ánimo de lucro.
v  Modelo de organización: existirán órganos colegiados cuyas funciones estarán explicitadas en la LODE (Consejo Escolares).
v  Mismos proceso de admisión. Las plazas pertenecen a la Administración. Los criterios que se aplicaron son: proximidad, nº de hermanos y nivel de renta.
v  Enseñanza religiosa voluntaria. Oferta obligatoria.
§  Educación primaria: EGB (LGE).
LOGSE, 1990, PSOE. Proceso de redacción:
§  1984 se inicia proceso de reforma.
§  1989 se publica Libro Blanco para la Reforma del Sistema Educativo. Diagnóstico, propuestas y memoria económica.
§  Proceso de dialogo que culmina con la aprobación de la ley.
Principios fundamentales:
  • §  Reforma de la Educación Infantil. Compensar desigualdades.
  • §  Comprensividad con diversificación interna (optatividad). Currículum común.
  • §  Atención a la diversidad. Integración y normalización. ACNEs en centros ordinarios.
  • §  Igualdad de oportunidades: igualdad de resultados – redacción de niveles de logro, crítica. Igualdad de acceso (E.I.).
  • §  Igualdad de resultados – objetivos mínimos.
  • §  Formación permanente del profesorado.
  • §  Autonomía pedagógica a través del  PEC. No organizativa: papel mojado.
  • §  Educación integral (transversalidad). Sin formación.
  • §  Evaluación: del sistema en general.
  • §  Calidad. Del sistema: formación del profesorado. Especialidades magisterio y centros de formación del profesorado. Programaciones docentes.

ü  Innovación e investigación.
ü  Orientación educativa y profesional.
ü  Inspección.
ü  Evaluación general del sistema.
ü  Metodología activa.
Características significativas:
  • §  Alarga enseñanza obligatoria (edad para trabajar).
  • §  B.U.P. propedéutico y terminal. Finalmente solo propedéutico.

LOPEG, 1995, PSOE.
Sin cambios estructurales. Mayor profesionalización (directores e inspectores). Autonomía de gestión de centros (recursos económicos). Evaluación por la autonomía.
LOCE, 2002, PP.
  • Sin cambio radical en etapas. Ausencia de debate en  la elaboración. Principios fundamentales:
  • §  Principios LOGSE, cumplidos. Pasar a calidad.
  • §  Cultura del esfuerzo. Responsabilidad individual en la comprensión de desigualdad.
  • §  Orientación a resultados. Evaluaciones diagnóstico. Valores en segundo plano.
  • §  Atención a las diferencias: sistema muy flexible.
  • §  Reforzar formación del profesorado para mayor reconocimiento. No se articula.
  • §  Mayor autonomía pedagógica, organizativa y de gestión. Mayor profesionalización.
  • Mayor libertad de enseñanza. Diversidad de centros educativos. Libertad de elección. Competencia entre centros. Mayores funciones del director. Menos participación. Selección comisión externa.
  • E.P. EN LA LOCE.
  • Se considera una etapa de preparación para la secundaria. Evaluación “de diagnóstico” en 6º de primaria.

LOCE, 2006, PSOE.
  • Objetivo fundamental: unificar legislación. Pequeños cambios. Elaboración:
  • §  Deroga todo lo anterior excepto conciertos (LODE). Falta de acuerdo.
  • §  Debate: documento para modificar concepto de Calidad. Para todos (igualdad) entre todos (Com. Ed.).
  • §  Gran difusión del debate, inabarcable.
  • Principios fundamentales:
  • §  Calidad para todos.
  • §  Esfuerzo compartido.
  • §  Comunidad Educativa comprometida con objetivos UE.
  • §  Luchar contra fracaso y abandono escolar.
  • §  Formación a lo largo de la vida.
  • §  Sistema flexible. Entrar y salir. Autonomía.
  • §  Evaluación del sistema (diagnóstico no a final de etapa).
  • §  Profesionalización docente. Formación y remuneración. Retórica.

E.P. EN LA LOE.
  • §  Prácticamente sin cambios.
  • §  Obligatoria y gratuita.
  • §  Atención a la diversidad y prevención de dificultades de aprendizaje (Planes de apoyo y refuerzo).
  • §  Cambio en el curso de la evaluación diagnóstico (4º).
  • §  Evaluación y promoción: programas de refuerzo, se puede, promocionar sin cumplir objetivos si hay previsión de que se consigan.
  • §  CEP e IES coordinados. Informe de evaluación al acabar la etapa.
  • §  Orientación y apoyo tutorial.
  • §  Ciclos pero con promoción no autonómica y posibilidad de no promoción en medio de un ciclo.

LOMCE, 20XX, PP.
10 cambios claves que supone la séptima reforma educativa:
  • 1.   PRIMACIA DEL CASTELLANO: ADIOS A LA INMERSION LINGÜÍSTICA: determina los contenidos y horas lectivas de la asignatura de Lengua Castellana, considerada troncal. El Euskera es relegado a la condición de materia de especialidad (mismo nivel que Educación Física).
  • 2.    CENTRALIZACION: MAS CONTROL DEL MINISTERIO: las comunidades autónomas solo podrán decidir los contenidos y horarios de las asignaturas llamadas especificas (educación física, plástica, música,…) y las de las lenguas cooficiales. El Gobierno decide sobre las asignaturas troncales (lengua castellana, matemáticas, ciencias o idioma extranjero).
  • 3.    PESO DE LA RELIGION CATOLICA: la religión pasa a una materia de especialidad, contará para la nota media y se equiparará en horas a la media del resto de asignaturas. La Educación para la Ciudadanía deja de existir y se establece una alternativa a la Religión: valores culturales y sociales en primaria y valores éticos en secundaria.
  • 4.    REVALIDAS Y EVALUACIONES CONTINUAS: la selectividad desaparece y se establecen varias evaluaciones o revalidas externas. Las universidades también podrán hacer prueba de acceso.
  • 5.    FP: SEGREGACION DEL ALUMNADO: el acceso a la FP se adelanta. Los alumnos que no tengan posibilidades de avanzar en la ESO, podrán optan por un nuevo ciclo con 15 años. No da acceso a la Formación secundaria, y quien quiera acceder deberá realizar un examen.
  • 6.    ESCUELA MENOS PARTICIPATIVA Y PARTICIPADA: el peso del consejo escolar pasa a ser consultivo.
  • 7.    REFUERZO DEL PAPEL DEL DIRECTOR: serán designados por el gobierno, ya que tendrá que pasar un proceso de formación y ser acreditados. Los directores podrán contratar directamente a profesores, sin que la oposición sea obligatoria.
  • 8.    CONDICIONES DE LOS FUNCIONARIOS: se aumenta el horario lectivo del profesorado. El ratio de alumnos por aula se aumenta un 10%.
  • 9.    LA REFORMA, NI DEBATIDA NI CONSESUADA.
  • 10.  CENTROS CONCERTADOS: se alarga el periodo a renovar los conciertos. De 4 a un mínimo de 6 en primaria y cuatro años en secundaria. Demanda social: el caso en el que los padres prefieren llevar a sus hijos a una escuela concertada en lugar de pública.
  • Aprobada el 28 de noviembre de 2013.


No hay comentarios:

Publicar un comentario