Perspectiva Histórica del Sistema Educativa.
ANTIGUO RÉGIMEN: monarquía absolutista y sociedad estamental.
REVOLUCIÓN LIBERAL: reacción contra el antiguo régimen (1808 revolución
liberal). Promulgación de la Constitución de las Cortes de Cádiz (1812).
Soberanía de la ley sobre el rey. Título propio para la instrucción pública
(único hasta el momento).
TITULO IX DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812: enseñanza primaria y universidades.
Defensa de la universalidad de la primera enseñanza. Planes de enseñanza
uniformes. Competencias de educación: Cortes, no el Gobierno. Preocupación por
una ley general de Instrucción pública.
INFORME QUINTANA (1814): instrucción
igual, universal, uniforme, publica y libre. Idearía liberal. Alzamiento del
general Elio, anula la constitución de 1812. Vuelta al antiguo régimen.
Educación de nuevo en manos de la Iglesia.
TRIENIO LIBERAL: se proclama el Informe Quintana como reglamento,
estructurando el sistema educativo: primera, segunda y tercera enseñanza.
Instrucción pública y privada. Dura poco: 1823 vuelve una década absolutista y
se deroga.
DÉCADA ABSOLUTISTA: plan de Calomarde: distintos planes y reglamentos.
Objetivo: instrucción pública como instrumento del absolutismo. Uniformidad de
estudios en universidades. Exhaustiva reglamentación. Centralización. Jerarquía
del gobierno, inspección y dirección de escuelas.
REGENCIA DE Mª CRISTINA (1833-1843): década
liberal, con dos tendencias: moderados y progresistas. Mayor peso de los
segundos: desamortización, supresión de señoríos y órdenes religiosas,
secularización de la enseñanza. PABLO MONTESINO. 1836: Plan General de
Instrucción Pública (Duque de Rivas). Poca vigencia pero antecedente de la Ley
Moyano.
PLAN DEL DUQUE DE RIVAS: tres grados:
·
Instrucción
primaria (elemental y superior).
·
Instrucción
secundaria (elemental y superior).
·
Instrucción
superior (facultades, escuelas especiales y estudios de erudición).
No
tuvo mucho de desarrollo.
DECADA MODERADA (1843-1854): Constitución
de 1845, con carácter liberal moderado. Trata de eliminar la radicalidad y las
instituciones idealistas. Plan General de Estudios (Plan Pidal, 1845): renuncia
a educación universal y gratuita, bases para la primera definición del sistema
educativo -> Ley Moyano (1857).
LEY DE INSTUCCION PUBLICA (1857): Claudio
Moyano (ministro de Fomento), responsable de su aprobación. Hay un consenso
entre progresistas y moderados. Consolidación del sistema educativo liberal.
Estabilidad en el desarrollo de la instrucción pública (legislación y
administración). Primera ley estructural del sistema educativo.
·
De
los estudios: primera enseñanza elemental (obligatoria y gratuita) y superior.
Segunda enseñanza. 6 años de estudios generales y aplicados. Nivel superior.
·
De
los establecimientos de enseñanza: centros públicos y privados.
·
Del
profesorado público: formación inicial, acceso y cuerpos del profesorado.
·
Del
gobierno y administración de la IP: central, provincial y local. Tímidos
intentos de participación de la sociedad.
Características
fundamentales:
§
Concepción
centralista.
§
Moderados
en intervención de la Iglesia.
§
Promoción
de enseñanza privada (católica), privada y secundaria.
§
Estudios
técnicos y profesionales incorporados a la enseñanza postsecundaria.
§
Etapa
obligatoria 6-9 años.
SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-1874): en
1873, 1º república española. Impulso de la libertad de enseñanza. Equilibrio
entre educación pública y privada. Estudios de distinta duración para distintas
capacidades. Libertad de cátedra. Segunda enseñanza complemento de primaria.
RESTAURACION (1874-1923): nueva
Constitución (1876). Conservadora con sufragio universal, derechos del hombre y
tolerancia religiosa. Falta de consenso sobre religión en la escuela. Péndulo:
tolerancia religiosa + libertad de cátedra. A finales de siglo se recupera
importancia de la educación. En principios del s. XX: consenso progresistas y
liberales.
Reformas
en el conjunto del sistema:
§
Escuelas
normales.
§
Enseñanza
secundaria y universitaria.
§
Exámenes.
§
Religión.
§
Titulación
del profesorado.
§
Bachillerato.
§
Autonomía
universitaria.
Los
maestros pasar a ser pagados por el Estado. Política inestable: gobiernos se
suceden. Golpe de estado de Primo de Rivera (1923).
DICTADURA DE PRIMO DE RIVERA (1923-1930):
anti-liberales. Negación de la libertad de cátedra. Reformas en bachillerato y
universidad.
2º REPUBLICA ESPAÑOLA (1931-1936): escuela
única. Gratuidad y obligatoria la primaria. Libertad de cátedra. Laicidad de la
enseñanza. Maestros, profesores y catedráticos funcionarios. Facilitar acceso
económico a todos los grados. Permitir enseñar en lengua materna. Religión no
obligatoria. Cambios en formación de docentes. Regulación de la inspección.
CAMBIO DE GOBIERNO (1933): prohibición
de la coeducación. Reforma del plan de estudios de Bachillerato. Reforma
universitaria (similar al gobierno anterior).
ALZAMIENTO MILITAR (18 de julio de 1936): no
diseña sistema escolar. Educación: transmisión de ideología. Educación católica
y patriótica, dogma católico, religión obligatoria, Iglesia inspecciona enseñanza.
Orientación doctrinaria de las materias. Educación en manos de la Iglesia. Prohibida la escolarización mixta.
Educación elitista: bachiller para elites.
DÉCADA DE LOS 50: cierta apertura. Domina la Iglesia,
perno patriotismo y adoctrinamiento. 22 de diciembre de 1953: construcciones
escolares. Convenio entre Estado y Ayuntamientos y Diputaciones para construir
escuelas.
1970: LGE: gran innovación pedagógica. Coherencia
del sistema. Sistema unitario (EGB) y flexible (puentes). Cuatro niveles:
preescolar, EGB, Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria. Notable enseñanza
privada. Comprensividad. Relación educación-trabajo. Sistema
centralizado-uniformidad de la enseñanza.

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